Contactenos a info@addsp.com
Formulario de contacto
+54 (11) 5217-7807
¿Cuál es el objetivo de emitir las Pólizas de Seguro de Caución Electrónicas?
El objetivo es instrumentar un sistema de emisión por medios electrónicos de los comprobantes respaldatorios de pólizas de seguros, posibilitando el reemplazo del soporte de papel.
¿Quiénes son los sujetos alcanzados por este régimen?
Los sujetos inscriptos en el impuesto al Valor Agregado, que presten servicios de otorgamiento de pólizas de seguros de caución.
En consecuencia, no resulta de aplicación lo establecido en:
- El primer párrafo del Artículo 5° de la Resolución General N° 1.415.
- Las disposiciones de la RG Nº 1575/03.
¿Cuáles son los comprobantes que se encuentran alcanzados?
Están alcanzados los comprobantes que se detallan a continuación:
a) Facturas o documentos equivalentes clase "A".
b) Facturas o documentos equivalentes clase "B".
c) Notas de crédito y notas de débito clase "A".
d) Notas de crédito y notas de débito clase "B".
¿Cómo solicitan la adhesión los sujetos incorporados a este régimen?
Los sujetos alcanzados podrán solicitar la adhesión al régimen ingresando al servicio con clave fiscal "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)", comunicando a la Administración Federal de Ingresos Públicos la fecha a partir de la cual comenzaran a emitir los comprobantes electrónicos originales.
Los Responsables Inscriptos deberán emitir los comprobantes a través del sistema "R.E.C.E.", " Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos".
¿Cómo se realiza la solicitud de autorización de emisión?
Dicha solicitud se realizará mediante alguna de las siguientes opciones:
a) El intercambio de información basado en servicio Web, cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el sitio Web de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).
b) El servicio denominado Comprobantes en línea, a través del cual se podrán generar hasta 2.400 comprobantes anuales, a cuyo efecto deberá contarse con Clave Fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 2, conforme a lo establecido por la RG Nº 2239, su modificatoria y sus complementarias..
Una Compañía de Seguros posee establecimientos de asesoramiento integral de seguros y en todos ellos va a emitir comprobantes electrónicos ¿Cuántos puntos de venta debe habilitar?.
La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales, deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para los documentos que se emitan a través del equipamiento electrónico denominado "Controlador Fiscal" y/o de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Generales N° 100/98, N° 1415/03 y N° 2485/08, sus respectivas modificatorias y complementarias, y/o para otros regímenes o sistemas de facturación utilizados.
Es dable destacar que en caso de resultar necesario podrá utilizarse más de un punto de venta.
Asimismo, de realizarse la solicitud mediante el servicio denominado "Comprobantes en línea", los puntos de venta a utilizar deberán ser distintos a los mencionados anteriormente.
¿Los documentos electrónicos correspondientes a cada punto de venta deberán observar la correlatividad en su numeración conforme lo establece la RG N° 1415/03, sus modificatorias y complementarias.?
Los documentos electrónicos correspondientes a cada punto de venta deberán observar la correlatividad en su numeración conforme lo establece la RG N° 1415/03. La correlatividad será valida por fecha, tipo y número de comprobante.
¿Cómo debo proceder para solicitar documentos electrónicos ante la inoperatividad del sistema?
En el caso de inoperatividad del sistema se deberá emitir y entregar el comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Generales N° 4104/98 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259/98, N° 100/98 y N° 1415/03, sus respectivas modificatorias y complementarias.
¿Hasta que fecha los sujetos alcanzados por esta resolución podrán seguir utilizando los comprobantes en soporte de papel?.
Hasta el día 31 de octubre de 2009 inclusive, los contribuyentes alcanzados por la presente resolución general podrán continuar utilizando la documentación dispuesta en las Resoluciones Generales N° 4104/98 (DGI), texto sustituido por la RG N° 259/98, N° 100/98 y N° 1415/03, sus respectivas modificatorias y complementarias.
¿Los contribuyentes que emitan pólizas de caución electrónicas se encuentran obligados a cumplir con el Título I y II de la RG 1361/02?
Dichos contribuyentes no se encuentran obligados a cumplir con lo dispuesto en la RG N° 1361/02.
¿Puedo emitir las facturas correspondientes a los seguros de caución en moneda extranjera?
Si, se podrán emitir las facturas electrónicas en moneda extranjera.

Contactenos a info@addsp.com
Formulario de contacto
+54 (11) 5217-7807
Fax +54 (11) 5256-6469
Fax +54 (11) 5368-2100 Int. 0166
© Copyright 1985 - 2010 Todos los derechos reservados. Grupo ADD+
Ultima actualizacion:
Inicio Inicio Blog Nosotros Consultoria Software Miembros de Ser distribuidor ? Feliz 2010 Feliz 2009 Casos de exito Casos de exito Empresas de seguridad Empresas de publicidad Contacto Contactenos Formulario de contacto RRHH Newsletter Servidores web saas Soluciones Soluciones ERP Video seguridad Novedades Descargas ERP Que es un ERP ? KwARP Contable Facturacion Tablero de control Clientes Percep / Retenc Pcia. Bs. As. Proveedores Fondos Motor impositivo Reportes Stock Interconexion Punto de Venta Agendas Bienes de uso POS inteligente Interfase Demo KwARP ASP LPR LPR-OCR Parking Parking Barreras Expendedoras Modulos salida Modulo abonados Cajero automatico eFactura Factura electronica Polizas de seguro de caucion Bienes de capital Exportacion Proveedores del Estado Normativa RG 2853 Normativa RG 2485 Normativa RG 2557 Normativa RG 2511 Normativa RG 2668 Normativa RG 2757 Normativa RG 2758 Normativa RG 2681 Fecha de aplicacion Resumen Demo On-Line Demo video Descargas Sujetos obligados Comentarios de los usuarios Pantallas factura electronica Dudas frecuentes Blog Factura electronica Respuestas AFIP Respuestas AFIP aplicativos Informacion AFIP Clave fiscal Mapa de interes Registracion electronica Normativa RG 2177 Normativa RG 1361 Normativa RG 485 Normativa RG 100 Normativa RG 259 Normativa RG 418 Normativa RG 781 Ley Nº 11683 Impresora Fiscal Linea Fiscal SMH/P-435F SMH/P-330F SMH/PL-23F SMH/P-PR5F SMH/P-715F SMH/PT-272F SMH/POS-1715DURANGO
|