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¿ Que consecuencias fiscales implica ingresar a factura electronica ?
Implica quedar incorporado en el regimen de registracion electronica de la RG 1361 que trae aparejado que todas las ventas, compras, retenciones y percepciones deban ser procesadas mensualmente mediante el aplicativo SIAP, el que dara una clave de verificacion para poder liquidar el IVA.
¿ Si mi empresa tiene varias actividades y alguna de ellas queda obligada implica que todas las actividades quedaran obligadas ?
No, solo queda obligada por las actividades taxativamente indicadas por la AFIP y por las restantes es optativo facturar por el punto de venta de facturación electrónica o por los tradicionales. Sin embargo es recomendable incorporar todas las actividades por la flexibilidad que da la factura electronica.
¿ La factura a pesar de ser electronica la puedo seguir imprimiendo ?
Si, puede seguir imprimiendola como siempre, o generarla en formato pdf y enviarla por correo electronico a su cliente, o ponerla a disposicion en una pagina web en formato xml, las opciones son multiples y flexibles.
¿ La AFIP obliga a un formato expecifico para la factura electronica ?
No, no existe un formato estandard de factura, sino un régimen especial de autorización por parte de la AFIP (CAE en lugar de CAI)
¿ Que son los web services ?
Es un procedimiento informatico por el cual un sistema pide directamente la CAE a los servidores de la AFIP sin necesidad de utilizar el aplicativo SIAP / RECE.
¿ Que pasa si los web services no andan ?
Mediante el aplicativo SIAP / RECE procesa la informacion de su sistema, la presenta por la eVentanilla de la pagina web de la afip y por aqui tambien recibe la CAE que debera volver a procesar en su sistema.
¿ Que pasa si los servidores de la AFIP no andan ni por web services ni por la eVentanilla ?
En este caso podran emitir los comprobantes de la manera tradicional (ARTICULO 26.- En el caso de inoperatividad del sistema se deberá emitir y entregar el comprobante respectivo, de acuerdo con lo previsto en las Resoluciones Generales N° 1.415 y N° 100, sus respectivas modificatorias y complementarias).
¿ Que consecuencias fiscales implica ingresar a factura electronica por el regimen optativo ?
Al ingresar por este regimen usted podra optar cuando emite o cuando no emite una factura electronica. La consecuencia fiscal mayor es quedar incluido en la RG 1361 de registracion electronica.
¿ Como diferencio dentro de mi empresa si una factura es o no electronica ?
Esto se determina al dar de alta en la AFIP un punto de venta, aqui se indica si el mismo es o no electronico.
¿ Porque la opcion de duplicado electronico es optativa cuando me inscribo en factura electronica ?
No encontramos razon a esto ya que el duplicado electronico es obligatorio (Art. 8 - Los sujetos que hubieran efectuado la comunicación conforme a lo establecido en el artículo anterior, se encuentran obligados a cumplir, para todas las actividades, con lo dispuesto en: a) El Título I de la resolución general 1361, sus modificatorias y complementarias, referido a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes, con arreglo a los artículos 27 y 28 de la presente resolución general. b) El Título II de la citada resolución general, respecto del almacenamiento electrónico de registraciones.)
¿ Que sucede con la correlatividad de los comprobantes en caso deque los mismos sean rechazados ?
Si una factura es rechazada por la AFIP, no tiene validez fiscal. Con lo cual ese número de comprobante no está utilizado para la AFIP. Es decir que una vez solucionado el inconveniente por el cual se produjo el rechazo es necesario que sea el mismo número de comprobante para mantener la correlatividad numérica.
¿ Puedo tener confeccionadas las facturas de los abonos, e ir pidiendo el CAE a medida que las voy entregando ?
TEXTUAL AFIP La factura electronica debe emitirse cuando se va a entregar ya que:
- La AFIP verifica la correlatividad numérica al generar el CAE (es decir que debo solicitar el CAE respetando la correlatividad)
- Si bien La fecha de emisión de los comprobantes electrónicos podría ser:
* Fecha de generación del documento electrónico, otorgada por el sistema de facturación del usuario, ó
* Fecha de otorgamiento del respectivo "C.A.E.", si el contribuyente no consignara en su solicitud la fecha de generación del documento electrónico.
Debe tenerse en cuenta que no se puede emitir un comprobante con fecha anterior al número anterior, y que la validez del comprobante electrónico son 10 días
otros terminos utilizados para denominar estos sistemas : facturacion electronica, regimen de emision de comprobantes electronicos, factura electronica, software de factura electronica, facturador electronico, registracion electronica, sistema de facturacion fiscal, sistema de facturacion, software de facturacion, facturador

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